Redacción Fincas Mallorca · Publicado el 18 de junio de 2024 · Actualizado el 15 de septiembre de 2026.
Quién paga los honorarios en un alquiler de piso
En un arrendamiento destinado a residencia habitual, el artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos atribuye al arrendador los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato. La regla no depende de que el propietario sea una persona física o una empresa.
Primero identifica la finalidad real del alquiler. Un contrato de temporada responde a una necesidad temporal acreditable; ponerle once meses o cambiar su nombre no resuelve por sí solo su clasificación. En otros arrendamientos y en servicios distintos hay que estudiar el encargo y su régimen, sin trasladar automáticamente la regla del alquiler para residencia habitual ni utilizar etiquetas para eludirla.
Fuente: LAU, artículos 3, 4 y 20.
Qué denunciaba la noticia original
La noticia publicada en 2024 recogía denuncias por el cobro de honorarios inmobiliarios al inquilino. Su idea principal sigue siendo útil: antes de pagar, conviene comprobar qué servicio se factura, quién lo ha encargado y qué régimen corresponde al contrato.
En aquella versión se citaban resultados atribuidos a un estudio de FACUA: 41 % en las agencias analizadas, 75 % en Palma y 50 % en Madrid. Son cifras históricas de una muestra, no porcentajes actuales de todas las agencias de esas ciudades. No permiten afirmar cuál es el nivel de incumplimiento en 2026 ni atribuirlo a una agencia concreta.
Conceptos que conviene comprobar en la factura
La versión original advertía sobre conceptos como estudio de solvencia, gestión o fee. El nombre no determina la legalidad del cobro: debe examinarse el servicio real. En residencia habitual, renombrar la gestión o la formalización del contrato no cambia a quién corresponde asumir esos gastos. Un servicio diferente, solicitado de forma libre y transparente, exige su propia revisión y no debe confundirse con una condición impuesta para acceder al alquiler.
Qué guardar y preguntar antes de pagar
- Conserva el anuncio y los mensajes. Deben permitir identificar el piso, el importe y el concepto exigido.
- Pide desglose por escrito. Quién presta el servicio, quién lo encarga, qué incluye y cuánto cuesta con impuestos.
- Revisa el contrato. Su finalidad real importa más que el título del documento.
- Guarda factura y justificante. Si ya has pagado, solicita por escrito la explicación del cobro y, si procede, su devolución.
- Busca revisión del caso. Puedes acudir a Consumo o solicitar asesoramiento para valorar la reclamación y sus documentos.
Ejemplos para distinguir situaciones
Residencia habitual: el candidato encuentra un anuncio y se le exige una comisión por tramitar ese alquiler. Debe contrastarse con la regla del artículo 20.1.
Servicio independiente: alguien encarga voluntariamente una búsqueda o un asesoramiento distinto. Hay que revisar qué se contrató, su precio y si fue realmente libre, sin presumir que cualquier cargo así nombrado es válido.
Si eres propietario de un piso en Palma
Un encargo claro evita malentendidos con los candidatos. Define honorarios, servicios y documentación antes de anunciar el piso. En nuestra gestión de alquileres para propietarios puedes conocer cómo preparamos y administramos el alquiler, o llamarnos al 971 750 165.

















