IRAV 2026: cómo calcular la subida del alquiler paso a paso

Si tu contrato de alquiler está sujeto al IRAV, calcular la nueva renta es sencillo cuando sabes qué dato consultar y cómo aplicarlo. Esta guía se centra exclusivamente en el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda, con el último valor publicado por el INE, ejemplos numéricos y los errores que conviene evitar.
IRAV 2026 del Instituto Nacional de Estadística para actualizar alquileres
Redacción: Fincas Mallorca
Artículo publicado originalmente el 20 de diciembre de 2024 y revisado y actualizado el 21 de agosto de 2026 con los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística.

El IRAV 2026 es el índice de referencia que utiliza el INE para limitar la actualización anual de determinados contratos de arrendamiento de vivienda. Si ya sabes que tu contrato está sujeto a este índice, en esta guía te explicamos cómo consultar el dato correcto y calcular la nueva renta paso a paso.

A diferencia de nuestra guía general sobre actualización de rentas, aquí nos centramos exclusivamente en el cálculo práctico del IRAV: qué significa, a qué contratos afecta, cómo aplicar el porcentaje y cómo comunicar correctamente el resultado al inquilino.

¿Primero necesitas saber si puedes actualizar la renta?

Esta página parte de que ya hemos determinado que procede una revisión anual. Si necesitas comprobar la fecha del contrato, la cláusula de actualización, cuándo puede revisarse o si una subida no aplicada puede acumularse, consulta antes nuestra guía principal:

Actualizar renta de alquiler en Palma: guía completa →
IRAV 2026: lo esencial
  • El IRAV es el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda.
  • Lo calcula y publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadística (INE).
  • Entró en vigor como índice de referencia el 1 de enero de 2025.
  • El INE indica que los contratos de alquiler firmados con posterioridad al 26 de mayo de 2023 se revisan con base en el IRAV.
  • El índice funciona como límite de referencia de la actualización anual.
  • El último dato disponible a fecha de esta actualización es el de julio de 2026: 2,49 %.
  • Sin cláusula o pacto expreso de actualización, la renta no se actualiza automáticamente.
  • El IRAV no debe confundirse con el Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler utilizado para otras finalidades.

Qué es exactamente el IRAV

IRAV son las siglas de Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda.

La Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda, encargó al Instituto Nacional de Estadística la creación de un índice destinado a actuar como límite de referencia para evitar incrementos desproporcionados en la actualización anual de determinados contratos de vivienda.

El INE lo definió mediante la Resolución de 18 de diciembre de 2024, con efectos desde el 1 de enero de 2025.

Técnicamente, el índice toma el menor valor entre:

  • la tasa de variación anual del IPC;
  • la tasa de variación anual del IPC subyacente;
  • y una tasa de variación anual media ajustada calculada conforme a la fórmula aprobada por el INE.
Como propietario no necesitas hacer estos tres cálculos por tu cuenta.

El INE realiza el cálculo y publica mensualmente el IRAV definitivo con dos decimales. Lo correcto es consultar el dato oficial ya publicado.

Consultar la Resolución que define el IRAV en el BOE →

Último IRAV publicado: julio de 2026

IRAV · Julio 2026 2,49 % Dato definitivo publicado por el INE

Consultar serie oficial del IRAV →

El 2,49 % de julio de 2026 es, además, el valor más alto publicado desde que comenzó la serie.

Los últimos datos disponibles muestran esta evolución:

Mes IRAV
Febrero 2026 2,16 %
Marzo 2026 2,47 %
Abril 2026 2,40 %
Mayo 2026 2,48 %
Junio 2026 2,44 %
Julio 2026 2,49 %
No utilices automáticamente el 2,49 % en cualquier contrato.

Este es el último dato disponible al actualizar esta guía. Para una revisión concreta debe comprobarse cuál es el dato oficial que corresponde en el momento de la anualidad y qué establece exactamente la cláusula de actualización de ese contrato.

¿A qué contratos afecta el IRAV?

El propio Instituto Nacional de Estadística informa de que los contratos de alquiler de vivienda firmados con posterioridad al 26 de mayo de 2023 se revisan con base en el IRAV, conforme a la Ley 12/2023.

Los contratos anteriores continúan, con carácter general, bajo el régimen jurídico que les era aplicable, salvo adaptación válida acordada por las partes.

Por eso la fecha del contrato es decisiva.

Antes de abrir la calculadora, comprueba cuándo se firmó el arrendamiento. Dos pisos idénticos con la misma renta pueden tener mecanismos de actualización diferentes únicamente porque sus contratos se celebraron en fechas distintas.

Si tu duda es precisamente qué régimen corresponde según la fecha, consulta: nuestra guía general sobre actualización de rentas en Palma .

Antes de calcular: debe existir una cláusula de actualización

El IRAV no significa que todas las rentas puedan incrementarse automáticamente cada año.

El artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que la renta puede actualizarse al cumplirse cada anualidad del contrato en los términos pactados por las partes.

Y añade una regla fundamental:

En defecto de pacto expreso, no se aplica actualización de rentas.

Por tanto, antes de calcular un porcentaje debemos leer la cláusula correspondiente del contrato.

Consultar el artículo 18 de la LAU →

Cómo calcular el IRAV paso a paso

Cuando el contrato está sujeto al IRAV y procede efectuar la actualización, el cálculo matemático es sencillo.

  1. Comprueba la renta vigente. Utiliza la mensualidad que corresponde actualizar, no necesariamente la renta inicial histórica si ya hubo revisiones anteriores.
  2. Consulta el IRAV oficial. Comprueba el dato publicado por el INE que corresponda a la actualización.
  3. Convierte el porcentaje en decimal. Por ejemplo, 2,49 % = 0,0249.
  4. Multiplica la renta por el porcentaje. Obtendrás el importe máximo del incremento cuando ese IRAV actúe como límite aplicable.
  5. Suma el incremento a la renta vigente. Obtendrás la nueva mensualidad resultante.
  6. Notifica la actualización. La nueva renta será exigible desde el mes siguiente a aquel en que se comunique por escrito conforme al artículo 18 de la LAU.
Fórmula sencilla

Renta actual × (IRAV ÷ 100) = incremento

Renta actual + incremento = nueva renta

Ejemplo: renta de 1.000 € con un IRAV del 2,49 %

Supongamos un contrato de vivienda habitual sujeto al IRAV, con cláusula de actualización válida, una renta vigente de 1.000 € y un índice aplicable del 2,49 %.

1.000 € × 0,0249 = 24,90 €

1.000 € + 24,90 € = 1.024,90 €

En este ejemplo, si el mecanismo pactado permitiera un incremento igual o superior al límite IRAV, la nueva renta no debería superar los 1.024,90 € mensuales.

Tabla rápida con el IRAV del 2,49 %

Utilizando únicamente como ejemplo el IRAV de julio de 2026:

Renta actual Incremento 2,49 % Nueva renta
800 € 19,92 € 819,92 €
900 € 22,41 € 922,41 €
1.000 € 24,90 € 1.024,90 €
1.200 € 29,88 € 1.229,88 €
1.500 € 37,35 € 1.537,35 €

Esta tabla es solo un ejemplo matemático con el dato de julio de 2026. No significa que todos esos contratos puedan actualizarse ahora ni que el 2,49 % sea necesariamente el porcentaje que corresponda a cualquier revisión.

¿El propietario aplica siempre todo el IRAV?

No necesariamente.

El IRAV funciona como límite de referencia. El resultado concreto depende también del mecanismo de actualización pactado en el contrato.

Si la cláusula contractual produce un incremento inferior al límite aplicable, no debemos convertir automáticamente el IRAV en una autorización para subir hasta ese máximo.

Un límite máximo no es siempre un incremento automático.

Primero se interpreta la cláusula del contrato; después se comprueba el límite legal que corresponda.

¿Qué dato del IRAV tengo que utilizar?

El INE publica un dato nuevo cada mes.

No conviene escoger simplemente el último porcentaje disponible porque sea el más reciente, ni utilizar un dato antiguo porque resulte más favorable.

Debe comprobarse el índice oficial aplicable a la fecha concreta de la actualización anual y leer conjuntamente:

  • la fecha de firma del contrato;
  • la fecha en que se cumple la anualidad;
  • la cláusula de actualización;
  • y el último dato oficial publicado que legalmente corresponda.

Si existen dudas sobre cuál aplicar, es preferible resolverlas antes de comunicar una nueva renta.

IRAV e IPC no son lo mismo

El IPC mide la evolución general de los precios de consumo.

El IRAV es un índice específico creado para actuar como referencia en la actualización de determinados contratos de arrendamiento de vivienda.

Aunque el IPC forma parte de la fórmula utilizada por el INE para construir el IRAV, ambos índices pueden ofrecer porcentajes diferentes.

No busques simplemente “IPC de este mes” si tu contrato está sujeto al IRAV.

El INE mantiene una serie específica denominada IRAV1 que debe consultarse separadamente.

IRAV tampoco es el índice de precios para fijar una renta nueva

Existe otra confusión frecuente.

El IRAV sirve para la actualización anual de determinados contratos ya existentes.

El Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda es otra herramienta distinta, utilizada como referencia para conocer precios de alquiler y, en determinados supuestos legalmente previstos en zonas tensionadas, para establecer límites en contratos nuevos.

IRAV = actualización de una renta existente.

Sistema Estatal de Referencia = otra herramienta, destinada a la referencia de precios y determinados nuevos contratos.

Mezclar ambas herramientas puede llevar a cálculos completamente equivocados.

Cómo comunicar la nueva renta al inquilino

El cálculo correcto no basta. También hay que comunicarlo correctamente.

El artículo 18.2 de la LAU establece que la renta actualizada será exigible desde el mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado.

Si el inquilino lo solicita, debe facilitarse la certificación correspondiente del INE.

Ejemplo sencillo de comunicación

Por la presente le comunico que, al haberse cumplido la correspondiente anualidad del contrato de arrendamiento, procede la actualización de la renta conforme a la cláusula pactada y al límite legal aplicable.

Renta vigente: 1.000 €.
Índice/límite aplicado: IRAV 2,49 %.
Incremento: 24,90 €.
Nueva renta mensual: 1.024,90 €.

La nueva renta será exigible a partir de la mensualidad siguiente a esta comunicación.

Este es únicamente un ejemplo.

La comunicación real debe corresponder al contrato concreto, a su fecha y al índice efectivamente aplicable.

Errores frecuentes al calcular el IRAV

  • Aplicar el IRAV a un contrato al que no corresponde.
  • No comprobar si existe cláusula expresa de actualización.
  • Confundir IRAV e IPC.
  • Confundir IRAV con el Sistema Estatal de Referencia de precios.
  • Aplicar el porcentaje sobre la renta inicial cuando la renta vigente ya ha sido actualizada anteriormente.
  • Elegir arbitrariamente un mes del índice.
  • Redondear mal el resultado.
  • Comunicar la nueva renta con efectos retroactivos sobre mensualidades anteriores.
  • No conservar copia de la comunicación realizada al inquilino.

¿Y si nunca actualicé la renta en años anteriores?

Esa cuestión excede el simple cálculo del IRAV.

En determinados supuestos la actualización puede calcularse de forma acumulativa sin que ello permita reclamar retroactivamente como deuda todas las mensualidades anteriores a la comunicación.

Como aquí queremos mantener esta página exclusivamente centrada en el IRAV, hemos desarrollado esa cuestión en la guía principal:

¿Qué ocurre si no actualicé la renta anteriormente? →

¿Tienes un piso alquilado en Palma y no quieres calcular y comunicar cada actualización?

La actualización anual de la renta es solo una de las tareas que aparecen durante un contrato de alquiler.

En Fincas Mallorca administramos arrendamientos urbanos en Palma y nos ocupamos de cobros, actualizaciones, comunicaciones, incidencias, reparaciones y seguimiento contractual.

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Preguntas frecuentes sobre el IRAV 2026

¿Cuál es el último IRAV publicado?

A fecha de actualización de esta guía, el último dato definitivo publicado por el INE corresponde a julio de 2026 y es del 2,49 %. El índice se publica mensualmente, por lo que debe consultarse de nuevo antes de efectuar una actualización futura.

¿Qué significa IRAV?

Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda. Es un índice publicado por el Instituto Nacional de Estadística que funciona como límite de referencia para la actualización anual de determinados contratos de arrendamiento de vivienda.

¿A qué contratos afecta el IRAV?

El INE indica que los contratos de alquiler firmados con posterioridad al 26 de mayo de 2023 se revisan con base en el IRAV conforme a la Ley 12/2023. Los contratos anteriores deben analizarse según el régimen jurídico que les corresponda.

¿Si el IRAV es 2,49 % puedo subir siempre la renta un 2,49 %?

No necesariamente. Debe existir una cláusula válida de actualización y hay que comprobar qué mecanismo se pactó. El IRAV actúa como límite de referencia y no debe interpretarse automáticamente como un incremento obligatorio.

¿Cómo calculo una renta de 1.000 € con un IRAV del 2,49 %?

El incremento sería de 24,90 €. Si ese porcentaje fuera efectivamente el aplicable al contrato, la nueva renta resultante sería de 1.024,90 € mensuales.

¿El IRAV sustituye siempre al IPC?

No debe expresarse así de forma general para todos los contratos. La fecha del contrato y el régimen jurídico aplicable son esenciales. Para los contratos firmados con posterioridad al 26 de mayo de 2023, el INE remite expresamente al IRAV.

¿Puedo actualizar la renta si el contrato no dice nada?

El artículo 18 de la LAU establece que, en defecto de pacto expreso, no se aplica actualización de rentas.

¿Desde cuándo se cobra la renta actualizada?

La LAU establece que la renta actualizada es exigible desde el mes siguiente a aquel en que se notifique por escrito a la otra parte, indicando el porcentaje aplicado.

¿Dónde puedo consultar el IRAV oficial?

En la página del Instituto Nacional de Estadística. La serie oficial IRAV1 recoge los valores mensuales publicados.

Nota: esta guía tiene carácter informativo y está actualizada a 21 de agosto de 2026. El IRAV cambia mensualmente y la actualización concreta de una renta depende de la fecha del contrato, la cláusula pactada, la anualidad y el régimen jurídico aplicable. Antes de comunicar una actualización debe comprobarse el dato oficial vigente para el caso concreto.

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